La Sala del Senado aprueba por 35 votos a favor el proyecto que tipifica la conspiración al sicariato.
- La ley sería la primera en ser promulgada de la lista de 31 proyectos relativos a seguridad pública acordados entre el ejecutivo y el legislativo.
El proyecto aprobado establece que cuando dos o más personas se pongan de acuerdo paraque una de ellas asesine a un tercero a cambio de una remuneración o contraprestación, se
lo castigará por este delito, independiente de si el crimen finalmente es consumado. La pena asignada a este delito será de 3 años y un día a 5 años por el solo hecho de llegar a
este acuerdo.
Actualmente la conspiración está definida en el artículo 8º del Código Penal como el concierto de dos o más personas para ejecutar un delito. Por regla general, la conspiración para cometer un delito no es punible. Con la propuesta aprobada, si el homicidio se concreta o comienza a ejecutarse, solo se aplica la pena de homicidio en grado de consumado o tentado, según las reglas generales del Derecho Penal.
El proyecto tiene como objetivo hacerse cargo de una nueva realidad criminal y erradicar esta amenaza incipiente, recogiendo también las inquietudes del Parlamento en materia de sicariato: se tuvieron a la vista seis proyectos de ley, de distintas tendencias políticas.
La información sobre sicariatos más aproximada es la levantada por el Centro Nacional para la Prevención de Homicidios y Delitos Violentos, que, en un trabajo realizado en la revisión de carpetas investigativas de homicidios ocurridos entre el año 2018 y 2022, pudieron recabar formas de comisión de los homicidios dentro los cuales se encuentra el sicariato.
Los datos preliminares levantados dan cuenta de que entre 2018 y 2022 se han registrado 42 homicidios en contexto de encargo/sicariato, de los cuales el 60% ocurrieron en la región metropolitana y el 74% de ellos fue cometido con un arma de fuego